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DNI y Pasaportes para personas no binarias

En el marco de la Ley 26.743 de Identidad de Género y conforme al Decreto 476/21, el DNI y Pasaporte para personas no binarias busca garantizar el derecho a la identidad de género de las personas que no se autoperciben femeninas ni masculinas, quienes podrán optar por colocar la nomenclatura “X” en el campo “sexo” de sus documentos de identificación.

Todas las personas que se autoperciban con un género distinto al masculino o femenino y posean la partida rectificada en el Registro Civil donde se registró el nacimiento, pueden iniciar el trámite de su DNI y Pasaporte no binario.

Las personas que opten por colocar la nomenclatura “X” en el campo “sexo” de sus documentos de identificación deberán firmar el documento “Deber de Informar”, a fin de dejar asentado que tomaron conocimiento sobre las posibilidades de ver restringido su ingreso, permanencia y/o situación de tránsito en aquellos países que no reconozcan otras categorías de sexo que no sean las binarias.

Consultas:  documentacion_ecolo@mrecic.gov.ar

 

 

Fecha de actualización: 04/04/2023