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¿Qué puede hacer el Cónsul por Ud?

  • Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada.
  • Orientarlo en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, etc.
  • Asistir a personas accidentadas.
  • Otorgar Pasaportes
  • Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes y, brindarles asesoramiento.
  • Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
  • Asegurar la defensa en juicio de los ciudadanos argentinos.
  • Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales.
  • Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
  • Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
  • Velar por los intereses de argentinos menores o incapaces, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
  • Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos, especialmente legalizaciones.
  • Realizar opción de Nacionalidad de menores residentes en el exterior.

 

 

Fecha de actualización: 04/04/2012