Con motivo de las medidas dictadas en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria por el impacto del coronavirus COVID-19, todo ciudadano colombiano deberá contar con una residencia temporaria o permanente vigente al momento del ingreso a la Argentina. NO ESTA PERMITIDO EL INGRESO EN CONDICION MIGRATORIA "TURISTA".
Cabe tener presente que los visados y residencias en todas las categorías migratorias -que vencieron desde el 17 de marzo de 2020- se encuentran prorrogados automáticamente hasta el 17 de junio de 2020 -Disposiciones DNM 1714/20, 1923/20 Y 2205/20-.
Por tal motivo, antes de gestionar la emisión de pasajes en vuelos especiales se sugiere revisar cuidadosamente la documentación argentina, dado que si la residencia está vencida y no se encuentra al amparo de las disposiciones mencionadas, NO PODRA ABORDAR EL VUELO.
Cualquier consulta adicional agradeceremos enviar un email a consulares_ecolo@mrecic.gov.ar